Los Derechos Sexuales de las Personas Jóvenes.
Alrededor de 14 millones de niñas y mujeres menores
de 20 años de edad dan a luz cada año en el mundo[2]. En muchos de estos casos los
embarazos son no deseados y ocasionan graves riesgos de salud. Asimismo, entre
dos y cuatro millones y medio de adolescentes intentan realizarse un aborto
cada año[3].
Estos datos hablan por sí solos. Demuestran que los
gobiernos deben reconocer a las y los jóvenes como personas sexualmente
activas, garantizándoles sus derechos sexuales y reproductivos mediante
políticas, leyes y programas específicos.
Voy a hablarles de un tema que genera incomodidad,
que da lugar a intensos debates y que, paradójicamente, no recibe toda la
atención que merece. Este tema es el de los derechos sexuales de las personas
jóvenes, especialmente de las menores de 18 años de edad.
¿Por qué son importantes las personas jóvenes?
Posiblemente ustedes estén preguntándose: ¿por qué
hablar sobre los derechos sexuales de las y los adolescentes? ¿por qué no
hablar de los derechos sexuales de todas las personas, de una manera amplia,
más allá de consideraciones de edad? Existen tres razones de peso para hacerlo.
La primera tiene que ver con le hecho de que las
personas jóvenes tienden a ser más flexibles y están dispuestas a adoptar
cambios en sus ideas y conductas. Si, como ha señalado la Dra. Esther Vicente,
los derechos se construyen a partir de las prácticas individuales y colectivas,
la construcción de los derechos sexuales a nivel social se dará más rápidamente
si partimos desde las y los jóvenes.
La segunda razón está relacionada a una cuestión de
justicia social. Las personas jóvenes son especialmente vulnerables y se
encuentran desproporcionadamente afectadas por diferentes problemas sociales,
económicos y de salud. Basta mencionar algunos datos de la realidad para
constatar que esto es así. Según el Fondo de Población de las Naciones Unidas
el 42 por ciento de las y los jóvenes vive en condiciones de pobreza, con menos
de 2 dólares diarios[4]. De los 185 millones de desempleados
que existen en el mundo, aproximadamente la mitad son jóvenes[5] y cerca del 50 por ciento de
los ataques sexuales que ocurren en el mundo tienen lugar entre mujeres de 15
años de edad o menos[6].
Las personas jóvenes también tienen una mayor
propensión a contraer infecciones de transmisión sexual. Según estimaciones de
la Organización Mundial de la Salud, dos terceras partes de las infecciones de
transmisión sexual registradas en el mundo ocurren entre personas menores de 25
años de edad, mientras que la mitad de todas las nuevas infecciones por
VIH/SIDA se dan entre jóvenes. En América Latina, como en otras partes del
mundo, las y los jóvenes encuentran enormes obstáculos para acceder a los
métodos anticonceptivos que necesitan para protegerse de este tipo de
infecciones. En la República Dominicana, por ejemplo, sólo el 33 por ciento de
las personas de entre 20 y 24 años de edad acceden a métodos anticonceptivos
modernos, mientras que el acceso entre las personas de 40 a 44 años de edad
llega al 72 por ciento.
Podría seguir dando ejemplos como estos todo el
día, pero lo que quiero decir, en definitiva, es que quienes tenemos la
posibilidad de dar visibilidad a estos temas debemos hablar fuerte y claro.
Como ustedes saben, en la mayoría de los países las personas menores de 18 años
de edad no tienen derecho a voto. Esta incapacidad de influir en los procesos
políticos termina afectando negativamente sus intereses y es responsable, al
menos en parte, de situaciones de vulnerabilidad como las que acabo de describir.
Es precisamente por este motivo que considero importante colocar la cuestión de
los derechos sexuales de las y los adolescentes en la agenda política de los
gobiernos.
La tercera razón por la que quiero centrar mi
atención en las y los jóvenes es que, si queremos asegurar nuestro futuro como
especie y, al mismo tiempo, construir una sociedad mejor, más justa y
solidaria, es absolutamente necesario que invirtamos en el desarrollo de las
personas jóvenes. Es de interés de toda la sociedad dar a las y los jóvenes la
información y las herramientas que necesitan para protegerse y actuar de manera
responsable a la hora de iniciar sus vidas sexuales. La adolescencia y la
juventud son etapas especiales de la vida, etapas de formación, y las
decisiones que se toman en estos momentos, las metas que se fijan y las
oportunidades que se reciben pueden llevar a las y los jóvenes por caminos que
los beneficien o, por el contrario, que los perjudiquen, no sólo a ellos sino
también a sus familias y a la sociedad.
La actual generación de jóvenes es la más grande
que ha existido en la historia de la humanidad. Actualmente existen alrededor
de 3.000 millones de personas menores de 25 años de edad, es decir que
aproximadamente la mitad de la población mundial está compuesta por jóvenes.
Por lo tanto, por una mera cuestión de magnitud, de peso específico dentro del
colectivo humano, es importante prestar atención a los derechos de este grupo.
En las últimas décadas, quienes defendemos los
derechos sexuales y reproductivos hemos evitado hablar del crecimiento
poblacional. Esto se debe a que las ideas neomalthusianas predominantes en el
pasado habían sido utilizadas para justificar la negación de los derechos
individuales. La preocupación por el rápido aumento de la población ha
inspirado políticas coercitivas que buscaban imponer la norma de una familia
pequeña, tal como ha ocurrido en la India y China. Por este motivo fue muy
importante que en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo,
llevada a cabo en el Cairo a comienzos de la década de 1990, lográramos cambiar
el paradigma y colocar el tema de los derechos como el eje central de las
políticas de población.
Pasados 15 años, y comprendiendo claramente la
importancia de mantener y ampliar el enfoque de derechos, nos encontramos en
una situación que nos permite examinar con objetividad las implicaciones del
aumento de la población, sin que esto signifique aceptar un retroceso hacia
políticas coercitivas. Actualmente podemos decir con tranquilidad que un menor
crecimiento de la población ayudará a resolver uno de los desafíos más
importante que enfrentamos: el del calentamiento global y los problemas
ambientales, sociales, económicos y políticos que se derivan de este fenómeno.
En un reciente artículo, el Premio Nobel de Economía Amartya Sen analizaba el
creciente costo de los alimentos en todo el mundo, señalando que si bien el
crecimiento poblacional sólo tiene un impacto menor en la demanda de alimentos,
una mayor población puede contribuir al calentamiento global y, por lo tanto,
amenazar la sustentabilidad de la producción agrícola.
Si garantizamos los derechos sexuales de las y los
jóvenes, si les facilitamos los medios que necesitan para tomar decisiones
informadas sobre su sexualidad y sobre el número de hijos que desean tener y
cuándo tenerlos, si les brindamos educación y oportunidades económicas que les
permitan tener condiciones dignas de vida, y si ayudamos a evitar situaciones
como los embarazos no deseados y la maternidad precoz, lograremos un mundo más
justo y también una reducción en las tasas de fecundidad y un retraso en el
inicio de la maternidad y la paternidad. Creo que es evidente cómo contribuye
una caída en las tasas de fecundidad a frenar el crecimiento poblacional, por
lo que no voy a detenerme en este tema. El segundo punto, el del retraso en el
inicio de la maternidad y la paternidad, es menos claro, y por eso quiero
dedicarle algunos minutos.
El hecho de que un joven o una joven esperen para
tener su primer hijo es especialmente importante como consecuencia de un
fenómeno que los demógrafos llaman “inercia poblacional,” el que hace
referencia al porcentaje de la población que se encuentra en edad reproductiva.
Cuanto mayor es la proporción de la población en edad reproductiva, mayor será
el crecimiento poblacional en el futuro, porque existe un importante número de
personas jóvenes que empezarán a tener hijos en poco tiempo. Esto significa que
la población seguirá creciendo aun cuando las tasas de fecundidad disminuyan y
lleguen al nivel de reemplazo poblacional. Lo importante, entonces, es que
cuanto más temprano empiecen las y los jóvenes a tener hijos, más rápido (y
mayor) será el crecimiento poblacional.
Los derechos sexuales de los jóvenes
Existe una creciente aceptación de los derechos
sexuales, pero aún persiste una fuerte resistencia desde los sectores más
conservadores hacia estos. Esta resistencia se hace aún más fuerte cuando se
trata de los derechos sexuales de las y los jóvenes.
Existe en varios países el acuerdo inicial de que
es necesario disminuir los embarazos y el contagio de las infecciones de
transmisión sexual entre las y los jóvenes, pero cuando se piensa en las formas
para lograrlo no se encuentran consensos ya que se da una desaprobación y
negación constante de la vida sexual, los deseos, la diversidad en
orientaciones sexuales y los nuevos acuerdos en las relaciones de pareja entre
las personas jóvenes. Esta desaprobación existe incluso entre los mismos
jóvenes porque tienden a asimilar la cultura dominante.
Pero las dificultades son aun más profundas, porque
la propia noción de que las y los jóvenes menores de 18 años de edad tienen
derechos —en verdad, que los derechos humanos en general se aplican también a
las personas jóvenes— es relativamente nueva, y fue consagrada
internacionalmente por medio de la Convención sobre los Derechos del Niño de
1989, ahora ratificada por 191 países (los únicos países que no lo han hecho
son Estados Unidos y Somalia. La Convención ha introducido un nuevo principio
en las leyes internacionales que tiene profundas implicaciones: el principio de
las capacidades evolutivas del niño.
Las capacidades evolutivas del niño y la niña
incluyen su capacidad fisiológica de reproducirse, su capacidad psicológica
para tomar decisiones informadas sobre consejería y atención a la salud, y su
capacidad emocional y social para asumir comportamientos sexuales en
conformidad con las responsabilidades y roles que esto conlleva. Una importante
consecuencia para las adolescentes incluye la posibilidad del embarazo, por lo
que requieren servicios de salud distintos de aquellos que requerían cuando
eran niñas, incluyendo los servicios de planificación familiar, la prevención
de las infecciones de transmisión sexual y el aborto seguro.
La Convención hace hincapié en el desarrollo y la
madurez intelectual, la capacidad para entender conceptos complejos, para tomar
decisiones informadas y para poder apreciar las posibles consecuencias de
éstas. En relación a la sexualidad, la madurez intelectual es, por lo general,
considerada junto a la madurez emocional o social. Esto incluye, por ejemplo,
la formación de la identidad y la capacidad de decidir, de manera responsable e
informada, sobre las relaciones y comportamientos sexuales.
El adolescente como derechohabiente, como decía
antes, es un concepto relativamente nuevo. Por otro lado, la vulnerabilidad que
presentan las y los niños y sus necesidades de cuidado, consejería y protección
por parte de los padres, las familias, comunidades y el Estado es ampliamente
reconocida. La doctrina de las capacidades evolutivas de los niños maneja esta
doble identidad del niño de manera flexible y contextual para la aplicación de
derechos legales y protecciones de acuerdo a las etapas evolutivas de
maduración y desarrollo. Este marco es útil para promover los derechos sexuales
y derechos reproductivos de las y los jóvenes y para construir un imaginario
social en donde las y los jóvenes son capaces de tomar decisiones informadas y
responsables sobre sus cuerpos y sus vidas.
El Comité de los Derechos del Niño, órgano que vela
por el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño, ha expresado su
preocupación sobre los altos índices de mortalidad materna, de abortos
inseguros, y de la falta de acceso a servicios de adolescentes para la
protección de su salud sexual. Sin embargo, el Comité no ha ofrecido
lineamientos detallados con respecto a las leyes y políticas de salud sexual y
reproductiva y de jóvenes, que sean consistentes con los derechos y las
libertades otorgadas por esta Convención y asumidas por los Estados Parte en su
ratificación.
Como bien señala un informe del Fondo de las
Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)[7], el tema de la edad de consentimiento
para las relaciones sexuales presenta una serie de dificultades, especialmente
en lo que respecta al establecimiento de un equilibrio entre el derecho a la
protección y el derecho a respetar las capacidades evolutivas de los y las
niñas. Por ejemplo, es posible que algunas personas menores de 14 años de edad
sean lo suficientemente maduras para tomar decisiones informadas sobre su
sexualidad, mantener relaciones sexuales con otra persona de su edad y evaluar
los riesgos que esto conlleva. Otras, por el contrario, no tienen este grado de
madurez. La situación se complica aún más cuando las personas menores entablan
relaciones sexuales con una pareja mayor de edad que se encuentra en una
situación de poder frente al menor.
¿Cómo se resuelven estas tensiones? El Comité de
los Derechos del Niño considera que se debe privilegiar la protección de los
menores ante posibles abusos de los adultos. De hecho ha exhortado a los
gobiernos a aumentar la edad de consentimiento para evitar este tipo de
problemas. Por otro lado, el Comité también ha recomendado que la edad mínima para
que niños y niñas puedan contraer matrimonio debería ser de 18 años de edad. El
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha emitido
recomendaciones en el mismo sentido. La presunción detrás de estas
recomendaciones es que resulta imposible que los y las niñas,
independientemente de las circunstancias que enfrenten, tengan la madurez
suficiente para comprender las consecuencias que conlleva el matrimonio.
Por otro lado el informe del Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia señala que “la recomendación de fijar edades mínimas
altas para el consentimiento sexual y el matrimonio es problemática. Si la edad
de consentimiento sexual coincide con la de matrimonio y ambas se fijan a los
18 años de edad, se criminalizan las conductas que mantienen muchas personas
jóvenes en diferentes sociedades en todo el mundo… Más aún, ilegalizar las
conductas sexuales reduce la posibilidad de que las personas jóvenes reciban el
asesoramiento y cuidados de salud reproductiva que necesitan para su protección
y seguridad. Por lo tanto, las medidas diseñadas para brindar protección
terminan teniendo el efecto contrario.”[8]
Otro aspecto que cabe destacar es que las y los
jóvenes, igual que las demás personas, son diversos. Hay jóvenes que son gays,
lesbianas o transgéneros, así como los hay heterosexuales. Hay jóvenes de
distintas clases sociales y con diferentes niveles de educación. Hay jóvenes
que son trabajadores sexuales, profesionales o desempleados. Hay jóvenes
casados y solteros. Los derechos sexuales se aplican a todos ellos.
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